Código de Procedimeinto Civil venezolano “de 1990” y el Código de Processo Civil brasileño de 2015: eventuales aportes del ordenamiento jurídico brasileño al proceso venezolano

Autores

  • José Angel Cornielles Hernández

Resumo

El CPC venezolano es uno de los pocos instrumentos previos de la Constitución de 1999, que aún permanece en vigor. Esta vigente desde 1990, sin embargo, el código actual se remite esencialmente al CPC de 1873 (reformado en 1897, 1894, 1916, 1986 y el último, reformado en 1990). Este contexto coloca el código en una fase metodológica superada en la mayoría de los ordenamientos jurídicos contemporáneos. Lo habitual son los procesos que se extienden a lo largo de los años. El proceso totalmente escrito y excesivamente técnico, que disminuye la posibilidad de promover medios adecuados para la resolución de conflictos y prohíbe la actividad probatoria del juez. El proceso civil venezolano permanece en una era de relaciones jurídicas y sociales superadas, lo que exige ser actualizado. Venezuela debe observar la experiencia de Brasil, que tiene un CPC de 2015, elaborado sobre la base de un sistema abierto y flexible; preocupado por la protección de los derechos de las personas adecuada, tempestiva y efectiva, a través de un proceso justo en el Estado de Democrático Constitucional, que defiende la primacía del juzgamiento del mérito, el deber de incentivar la autodeterminación y autonomía de la voluntad, la prohibición de decidir sin audiencia y cooperación para el proceso.

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Publicado

10-05-2018

Edição

Seção

Processo Civil Internacional